Rentas Vitalicias
La planificación de ahorro con miras al futuro es una preocupación de los seres humanos en general, pero esta se incrementa con el pasar de los años.
A cierta edad es normal que nos empecemos a inquietar por nuestra economía, pensando en nuestros ingresos para cuando ya no podamos ser productivos o nos hayamos jubilado. Pensando en esos años en los cuales no tengamos la capacidad suficiente para generar ingresos con nuestro trabajo, intentamos conseguir información sobre las diferentes alternativas disponibles.
Aunque muchos se conforman con las pensiones públicas, otros desean mayor tranquilidad. Desean estar seguros de que percibirán ingresos suficientes para ese momento en el que no serán capaces de generar ingresos considerables por su propia cuenta, pero experimentarán un incremento en sus gastos (por cuestiones de salud, principalmente).
Desean estar seguros de que podrán mantener cierto nivel de vida cuando llegue ese momento. Por lo que se interesan en buscar alternativas complementarias a su pensión pública.
También consideran el hecho de que vivir de sus ahorros puede ser una opción hasta cierto tiempo, pero puede llegar un momento en el que los ahorros se agoten.
En este aspecto resalta la figura de las rentas vitalicias. Se trata de pólizas de seguro destinadas a garantizar el cobro de una renta de manera periódica, que puede ser de carácter mensual, trimestral o anual, a conveniencia del beneficiario y la aseguradora.
Es una renta que percibirá el beneficiario hasta el día de su fallecimiento; de allí es de donde deviene el término “vitalicia” con el que se les denomina.
En otras palabras las rentas vitalicias son seguros de vida y ahorro, que garantizan el cobro de una suma de dinero o renta de manera fija, la cual será percibida por el beneficiario desde el momento en que se convenga hasta su muerte.
Pudiendo en ese momento pasar a ser cobrada por otra persona, si se ha convenido con el titular, o pudiendo sus herederos recibir una prima única calculada con cierto porcentaje del aporte inicial dado por el concepto de este seguro (Sólo si se había convenido sobre ello. Esta modalidad es opcional para el beneficiario. Decidirá sobre ello cuando contrate la póliza).
De esto se hablará más adelante con mayor profundidad…
¿Qué suma de dinero percibirá en renta si contrata una póliza de renta vitalicia?
Es de resaltar que, la cuantía de la renta periódica que será percibida por el beneficiario que contrate este seguro de renta vitalicia, dependerá del capital que el mismo aporte en el momento de pactar con la aseguradora.
El capital aportado puede ser cualquier suma de dinero, siempre y cuando se trate de una suma elevada. Es por ello que a menudo este tipo de seguros son contratados por personas que ya disponen de un buen capital ahorrado y asentado, o que han percibido una importante suma de dinero a causa de una herencia o de la venta de alguna propiedad de gran valor, como un bien inmueble, por ejemplo.
Cuanto mayor sea el aporte hecho mayor será la cantidad de dinero percibida en renta. Pero la cuantía que se percibirá en renta dependerá también de otros factores, entre ellos, los siguientes:
Rentabilidad del seguro relacionada con la esperanza de vida del titular de la renta vitalicia
En el momento de realizar el cálculo de la suma que usted percibirá en renta por concepto de renta vitalicia, la compañía aseguradora tendrá en cuenta la rentabilidad misma del seguro como tal, por ejemplo, tendrá en cuenta para el cálculo de la tasa la esperanza de vida del asegurado
Cuanta más edad tenga la persona en el momento de contratar este seguro, menor será el aporte inicial que tendrá que ofrecer, para garantizarse el cobro de una buena renta vitalicia, pues menor será su esperanza de vida.
Ahora bien, cuanta más edad tenga mayor será la renta a percibir.
La cobertura por fallecimiento
Para calcular la suma correspondiente que percibirá el beneficiario, la compañía aseguradora tendrá en cuenta, además de la esperanza de vida del beneficiario, si éste decidió que una parte de la renta fuese percibida por sus herederos en el momento de su fallecimiento, o si no lo hizo.
La cobertura por fallecimiento es una especie de acuerdo dentro de la contratación del seguro de renta vitalicia, en el cual el titular de este seguro conviene destinar un pago a sus herederos en el momento de su fallecimiento, correspondiente a un porcentaje del aporte inicial de la renta que percibía de manera periódica.
Si se contrata esta cobertura esto también se verá reflejado en el monto percibido en renta, este será menor si se solicita la cobertura antes enunciada, por supuesto.
La posibilidad de rescate
Si se incluye en el seguro la posibilidad de rescatar el aporte inicial entregado en el momento de contratar el seguro de renta vitalicia esto se reflejará en la disminución de la suma que el asegurado percibirá en renta.
Si se excluye esa posibilidad la suma percibida será más elevada.
Características de los seguros de rentas vitalicias
No sustituyen a las pensiones públicas:
Los seguros de renta vitalicia no sustituyen a las pensiones públicas, las complementan de cierta forma. En otras palabras, si usted contrata un seguro de renta vitalicia conservará su derecho a recibir una pensión pública.
Son fijas:
Mensualmente, trimestralmente, o anualmente, según haya convenido, recibirá sin falta su renta por concepto de seguro de renta vitalicia, hasta el día de su fallecimiento.
Nunca dejará de percibir el monto que le corresponde por ese concepto mientras se encuentre con vida, ni aunque sobrepase la esperanza de vida promedio.
Sus fondos jamás se agotarán, pues la compañía aseguradora asume el riesgo de longevidad. En caso de que usted viva más de lo esperado usted deberá seguir recibiendo su dinero pues así se convino sobre ello.
Monto seguro:
El monto percibido por concepto de renta vitalicia será el que se calcule y acuerde en un inicio, y se mantendrá siempre. Usted siempre sabrá que cantidad recibirá como renta.
Son flexibles:
Usted tendrá la opción de decidir si quiere comenzar a cobrar la renta por concepto de este seguro de manera inmediata, o convenir hacerlo posteriormente, en el futuro. Esto hace que estos servicios sean realmente flexibles.
Opciones a la hora de contratar seguros de rentas vitalicias:
Se ha hablado un poco del tema en líneas anteriores pero en este apartado se profundizará sobre ello.
En este aspecto hemos de resaltar que al momento de contratar un seguro por renta vitalicia usted contará con las siguientes opciones a elegir:
.-Optar por la renta vitalicia de forma pura:
La renta vitalicia en forma pura es aquella en la cual no se fija la opción de que alguien herede esta renta tras el fallecimiento del titular.
En otras palabras, tras el fallecimiento del beneficiario el pago por renta vitalicia culminará. Se extinguirá la obligación de su pago y cobro.
Esta opción tiene la ventaja de que el monto cobrado por concepto de renta será mayor en comparación con las otras opciones que se describirán a continuación.
.- Solicitar la cobertura por fallecimiento:
Tal como se ha destacado en líneas anteriores, al momento en que se solicita la cobertura por fallecimiento al celebrar el contrato de seguro de renta vitalicia se está acordando que, tras el fallecimiento del titular, los herederos del mismo perciban en compensación un pago único que detenta por lo general, una porción o porcentaje basado en la prima inicial aportada inicialmente.
.- Solicitar la renta vitalicia en la modalidad de reversión de la renta:
Si se opta por la modalidad de reversión de la renta al momento de contratar un seguro por renta vitalicia se estará acordando que, tras el fallecimiento del beneficiario de dicho seguro, otro beneficiario, que por lo general es el conyuge del titular, perciba la renta en las mismas condiciones en las que la percibía el fallecido o, que perciba un porcentaje de dicha renta, según lo acordado.
Tipos de rentas vitalicias:
Existen diferentes tipos de rentas vitalicias, los mismos se describirán a continuación:
.-Según el momento en el que se acuerde comenzar a cobrar la renta se distinguen dos tipos de seguros por rentas vitalicias, a saber, los siguientes:
.- Rentas inmediatas:
Las rentas vitalicias inmediatas son aquellas en las cuales el beneficiario comenzará a percibir el pago por concepto de renta con carácter inmediato. Por ejemplo si se suscribe al seguro el día de hoy, cobrará su renta el mes que viene, dentro de los tres meses siguientes, o el año siguiente, según lo convenido.
.- Rentas diferidas:
Las rentas vitalicias diferidas son aquellas en las cuales el beneficiario acuerda el inicio del cobro de la renta en una fecha futura. Así por ejemplo si se suscribe al seguro con 50 años, puede convenir comenzar a cobrar su renta cuando cumpla los 60.
Muchos prefieren esa segunda opción.
Ambas opciones son a elección del titular o beneficiario del seguro.
.-Según lo que se convenga con relación a las posibilidades de rescate dentro de los seguros por renta vitalicia se distinguen 3 modalidades de estas. A saber las siguientes:
.-Modalidad de capital cedido:
En este tipo o modalidad de renta vitalicia el beneficiario prefiere renegar de la posibilidad de rescatar lo invertido en la prima inicial. Simplemente decide no incluir en el contrato esa posibilidad.
La recompensa de esto es un cobro por concepto de renta en una suma más costosa que si prefiriese incluir tal opción. La desventaja sería que no podrá acudir a ese dinero invertido en caso de alguna emergencia.
.- Modalidad de capital reservado:
En este tipo o modalidad de renta vitalicia el asegurado conviene la posibilidad de recuperar el capital invertido (El monto de la cuota pagada inicialmente) en cualquier momento, rescatando o cancelando la misma; aunque solo se cobrará el valor del mercado por dicho concepto
.-Modalidad mixta:
Esta modalidad de seguro de renta vitalicia otorga la posibilidad de rescatar el dinero invertido (El monto de la cuota pagada inicialmente) pero al valor del mercado y; en caso del fallecimiento del beneficiario del seguro, los demás beneficiarios del mismo recibirán sólo un porcentaje de ese dinero o aporte, mismo que irá disminuyendo con el transcurrir del tiempo.
Para entendidos:
El rescate, en cuanto a seguros se refiere, incluye la extinción antes de tiempo del seguro a voluntad del asegurado, con el objeto de recuperar la póliza inicial o el capital invertido al momento de suscribirse al seguro, o al menos una porción de la misma, según lo convenido.
La fiscalidad de los seguros de rentas vitalicias:
Asegurar cierto nivel de vida en futuro, cuando se tenga edad para el retiro es uno de los principales factores que llevan a las personas a suscribirse a un seguro de renta vitalicia. No obstante, también influyen otros factores, como algunos beneficios fiscales que traen consigo este tipo de seguros.
Así por ejemplo, en lo que respecta a aquellos que se hayan suscrito a un contrato de renta vitalicia con el dinero obtenido con la venta de un bien inmueble, los mismos recibirán un tratamiento fiscal favorable recibiendo una reducción considerable en el pago de los impuestos por plusvalía. Que, en otro caso le hubiesen resultado sumamente costosos.
Además de ello, en el caso de que los asegurados decidan rescatar la póliza antes de tiempo, lo cual es posible en el contexto de los seguros de renta vitalicia, tributarán en el impuesto sobre la renta de las personas físicas como rendimiento de capital inmobiliario, disfrutando de reducciones en un porcentaje considerable en el pago de sus impuestos según su edad para el momento del rescate. Aunque sólo será válido transcurridos 5 años desde el momento de la constitución del seguro.
Los mayores de 65 años simplemente se ahorran el pago de dichos impuestos. Están exentos de ellos.
Beneficios de los seguros de renta vitalicia:
.-La tranquilidad de mantener cierto nivel de vida a pesar del pasar de los años:
Suscribirse a un seguro de renta vitalicia nos garantiza percibir, dosificado en rentas, el aporte inicial dado a la compañía aseguradora por ese concepto y aún más…
Sin importar la cantidad de años que vivamos percibiremos la cantidad que nos toca en renta. No lo dejaremos de percibir mientras vivamos. Eso nos brinda la tranquilidad de que tendremos ingresos suficientes aún en nuestros años menos productivos.
En otras palabras, en este contexto con este seguro de renta vitalicia estará asegurando un futuro tranquilo en el que contará con ingresos suficientes para administrar sus gastos.
.- Asegurar el dinero del que disponemos:
No todas las personas cuentan con dotadas habilidades de administración e inversión, lo que ha ocasionado que muchos malgasten el dinero recibido por su retiro o de cualquier otra manera (Por herencia, por la venta de un bien inmueble o mueble de alto valor, etc) muy rápidamente.
En ese sentido, el seguro de renta vitalicia evitará que despilfarre su dinero.
A través de este seguro lo protegerá. Protegerá sus importantes ahorros y los aprovechará de manera periódica en los gastos que necesite.
Gracias a este seguro su dinero no le faltará en el futuro.
.-Cuidar de sus seres queridos tras su fallecimiento:
La posibilidad de hacer que sus herederos reciban una parte del capital invertido al momento de suscribirse en el seguro de renta vitalicia o de optar porque alguien que usted decida continúe cobrando la renta que usted cobraba hacen que por medio de este seguro usted cuide de sus seres queridos aún tras su fallecimiento.
Será como una parte de su herencia.
.-Beneficios fiscales:
El seguro de renta vitalicia le permitirá algunos beneficios fiscales. De esto se ha hablado en líneas anteriores:
Le exonerará del pago de la plusvalía por venta de bienes inmuebles si sobrepasa cierta edad o le hará acreedor de un porcentaje de ese descuento si no lo hace, y le brindará beneficios a la hora de requerir rescatar la póliza en caso de que haya convenido que puede hacerlo.
Las rentas vitalicias en otros países:
La figura del seguro de renta vitalicia no se encuentra presente solo en España. En otros países las personas también cuentan con la posibilidad de suscribirse a esta clase de seguro, tal y como se verá a continuación:
.-Rentas vitalicias en Chile:
En Chile las personas que van a jubilarse pueden decidir entre permanecer afiliadas al sistema AFP, cuyas siglas significan Administradora de Fondos de Pensiones (AFP no es otra cosa que una institución dedicada a la administración de los ahorros destinados a las pensiones públicas) o suscribirse a una renta vitalicia.
En este sentido, cuando deciden jubilarse por renta vitalicia, que en este país se entiende mas como una modalidad de jubilación, la AFP tendrá que traspasar a la compañía aseguradora en la cual el beneficiario suscriba el seguro de renta vitalicia en específico, los fondos provisionales que fueron acumulados por esta institución y que correspondían con los ahorros por concepto de jubilación que la persona retirada había acumulado allí.
En pocas palabras el aporte inicial por concepto de renta vitalicia vendría siendo el capital que se había acumulado en la AFP correspondiente a esta persona que prefiere jubilarse en la modalidad de renta vitalicia.
En el caso de que decidan permanecer en el sistema AFP pueden cambiarse a una renta vitalicia si lo desean pero no al contrario.
A partir de allí la figura de la renta vitalicia se torna semejante a dicha figura en España: El asegurado recibirá el aporte realizado dosificado en rentas fijas periódicamente, hasta el momento de su fallecimiento. Teniendo la posibilidad de convenir que tras su muerte, otra persona se convierta en el beneficiario de este seguro o, de que sus herederos perciban una cantidad de la cuota inicial aportada.
.-Rentas vitalicias en México:
En México, al igual que como ocurre en Chile, la renta vitalicia es una modalidad de retiro o jubilación a través de la cual una compañía aseguradora asume el pago de una renta periódica al beneficiario tras el aporte de una prima inicial dada por el mismo. Renta que se compromete a pagar hasta el fallecimiento del titular de la misma.
La prima de aporte para hacerse acreedor de este seguro puede derivar de los fondos acumulados por el interesado en lo que respecta a sus cuentas de retiro o jubilación. Por eso se conoce como una modalidad de retiro.
No obstante lo anterior, en este país también es posible contratar estos seguros con ahorros propios.
Las compañías aseguradoras encargadas de otorgar este servicio son aseguradoras especializadas en pensiones.
Es de destacar que en México no existe una cultura de preferencia hacia las rentas vitalicias, por lo que es poco común su contratación.
.-Rentas vitalicias en Argentina:
Durante mucho tiempo en Argentina existió una modalidad especial de retiro que se conocía como “las rentas vitalicias previsionales”. Esto porque nacieron como una solución de caracter temporal a algunos problemas desde el contexto económico que venían sufriendo los jubilados.
Ahora se puede hablar de renta vitalicia como el pago de una renta de manera periódica, hasta que el asegurado fallezca. Es un programa de ahorro.
Ahora que conoce más sobre este seguro ¿Qué espera para contratarlo? Sin duda se beneficiará enormemente al hacerlo…